dictamen 4196/95 de 08.10.2007
Dictamen destacado
ORD. Nº4196/95
Materias únicas: establecimiento educacional - establecimientos educacionales - procedencia - protección a la maternidad - sala cuna - salas cuna
Fecha: 08-oct-2007
Procede otorgar el beneficio de sala cuna a las trabajadoras que laboran en los establecimientos educacionales de propiedad de una misma persona natural o jurídica, en el evento que esta última cuente con veinte o más mujeres trabajadoras, independientemente del número de ellas en cada colegio.
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Dictámenes
Fecha: 08/10/2007
Protección a la Maternidad. Sala Cuna. Procedencia. Establecimientos Educacionales.