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Dictámenes y Normativa

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ORD. Nº3353/71

Materias únicas: corporación municipal - estatuto docente - eximición - eximisión - procedencia - proceso de evaluación
Fecha: 30-ago-2007

A los profesionales de la educación que les falten tres o menos años para pensionarse por vejez y presenten su renuncia anticipada e irrevocable al puesto de trabajo, independientemente de si han sido o no evaluados con anterioridad, les asiste el derecho a eximirse del proceso de evaluación docente y a percibir la indemnización legal prevista en el artículo 73 de la Ley Nº 19.070.