No se encuentran ajustados a derecho los requisitos de postulación para el concurso público convocado por la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Antofagasta, para proveer catorce cargos de directores de establecimientos educacionales dependientes de la misma, en cuanto exige estar inscrito en los registros electorales, no encontrarse en proceso de jubilación o jubilado y en proceso de sumario.
No procede, asimismo, que la citada entidad proceda a vender las bases de los concursos públicos.