dictamen 8006/324 de 11.12.1995
Dictamen destacado
ORD. N°5610
Materias únicas: Jornada de Trabajo
Fecha: 04-dic-2019
A los trabajadores, que cumplen la función denominada “jefes de turno” en todos sus establecimientos del tipo “moteles”, en tanto personal administrativo, no se les aplica la jornada especial de trabajo que regula el artículo 27 del Código del Trabajo.
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Fecha: 11/12/1995
Jornada de trabajo; Personal de hoteles; Movimiento diario notoriamente escaso; Concepto;