dictamen 7053/334 de 19.12.1996
Dictamen destacado
ORD.: Nº7053/334
Materias únicas: asignación de experiencia - base de cálculo - estatuto docente
Fecha: 19-dic-1996
Para los efectos de la asignación de experiencia establecida en el artículo 43 de la ley Nº 19.070, deben tomarse en consideración todos los años respecto de los cuales se acreditó el pago de las correspondientes cotizaciones previsionales, careciendo de incidencia la circunstancia de haberse retirado posteriormente los fondos previsionales respectivos.
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Dictámenes
Fecha: 19/12/1996
Estatuto docente; Asignación de experiencia; Base de cálculo;