dictamen 3483/139 de 24.06.1996
Dictamen destacado
ORD. N°4196/71
Materias únicas: organizacion sindical
Fecha: 09-ago-2016
Goza de fuero suplementario de seis meses a que se refiere el inciso 1° del artículo 243 del Código del Trabajo, el dirigente de un sindicato cuya personalidad jurídica caduca por no haberse subsanado dentro del plazo de un año el quorum de constitución, de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 2° del artículo 227 del Código del Ramo.
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Dictámenes
Fecha: 24/06/1996
Fuero sindical; Procedencia; Caducidad de personalidad jurídica;