dictamen 2249/89 de 16.04.1996
Dictamen destacado
ORD.: Nº4431/193
Materias únicas: feriado - instrumento colectivo - interpretación - licencia médica - negociación colectiva - suspensión
Fecha: 07-ago-1996
1) Los permisos por fallecimiento de familiar del trabajador pactados en contrato colectivo suscrito entre el Sindicato Nº 1 de Manufacturas Sumar S.A., Planta Algodón, y la Empresa, no interrumpen las vacaciones colectivas de que estuviere haciendo uso el mismo trabajador; y 2) Resulta jurídicamente procedente la suspensión del feriado legal o feriado colectivo de los trabajadores por sobrevenirles enfermedad que les confiera derecho a licencia médica.
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Dictámenes
Fecha: 07/08/1996
Negociación colectiva; Instrumento colectivo; Interpretación;