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Dictámenes y Normativa

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Dictamen destacado

ORD. Nº612/40

Materias únicas: instrumento colectivo - interpretación - negociación colectiva
Fecha: 29-ene-1998

No procede jurídicamente que la Empresa Nacional del Carbón suspenda o no pague el beneficio denominado "Consultas Médicas y Exámenes de Laboratorio" a sus trabajadores, contemplado en la cláusula vigésima sexta del contrato colectivo respectivo, por el período correspondiente a la paralización de actividades de dicha Empresa, siendo, en consecuencia, plenamente aplicable al beneficio señalado, el criterio que en esta materia sostuvo este Servicio en dictamen Ordinario Nº 3796-202 de 30 de Junio de 1997.

Documentos relacionados dictamen 3796/202 de 30.06.1997 (1)

Dictámenes

ORD.: Nº3796/202

Fecha: 30/06/1997

Negociación colectiva; Instrumento colectivo; Interpretación;