Para que Coresa S.A. dé cumplimiento al actual artículo 38 del Código del Trabajo en lo relativo al otorgamiento de al menos un día domingo de descanso al mes, deberá modificar su reglamento interno, asegurar con esta modificación que el día domingo de descanso al mes sea completo y acordar con sus trabajadores la acumulación de cada uno de estos días domingo de descanso devengados y la oportunidad en que éstos deban hacer efectivos.