dictamen 2091/111 de 17.04.1997
Dictamen destacado
ORD.: Nº2091/111
Materias únicas: procedencia - protección a la maternidad - sala cuna - salas cuna
Fecha: 17-abr-1997
La empresa Previsora S.A. se encuentra obligada a proporcionar a sus trabajadoras el beneficio de sala cuna previsto en el artículo 203 del Código del Trabajo, independientemente del lugar físico en que les corresponda desempeñar sus labores.
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Dictámenes
Fecha: 04/02/1997
Registro de asistencia; Fiscalización; Registro de asistencia; Legalidad; Decreto 969 Vigencia;