No existe infracción al inciso 2º del artículo 369 del Código del Trabajo, cuando la comisión negociadora exige a la empresa la suscripción de un contrato al tenor de la citada norma, siendo el contrato exigido inferior a la última oferta del empleador.
Documentos relacionados dictamen 7165/353 de 24.11.1997 (1)