Procede dejar sin efecto las instrucciones Nº 0-96-536, del Fiscalizador Marcos A. Fuentes Varela, por las cuales se ordena a la empresa Alitalia el pago del beneficio denominado "Bono de Incentivo al Trabajo", pactado en convenio colectivo suscrito con seis de sus trabajadores, atendido a que no se habría cumplido durante el año 1995 con la meta mínima pactada para su pago.