Se rechaza impugnación de instrucciones del fiscalizador Sr. Alejandro Reyes Nº 13.02.97-652, de fecha 03.07.97 que ordena dar cumplimiento al pago de anticipos de gratificación establecidos en la cláusula 17 del contrato colectivo suscrito entre la Empresa Plásticos Unidos S.A. y su Sindicato de Trabajadores con arreglo al inciso 2º del artículo 369 del Código del Trabajo.