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Dictamen destacado

ORD.: Nº2482/168

Materias únicas: bono de escolaridad - bono escolaridad - ley 19.485 - ley 19.595 - procedencia
Fecha: 01-jun-1998

Al Sr. Pedro Vallejos Castillo, que se desempeña como Supervisor Pedagógico de los diversos establecimientos educacionales administrados por la Sociedad de Instrucción Primaria de Santiago, no le asiste jurídicamente el derecho a recibir el pago del bono de escolaridad establecido en el artículo 16 de la ley Nº 19.485.

Documentos relacionados dictamen 2482/168 de 01.06.1998 (1)

Dictámenes

ORD.: Nº2482/168

Fecha: 01/06/1998

Bono de escolaridad; Ley 19.485; Procedencia;