dictamen 2774/214 de 01.07.1998
Dictamen destacado
ORD. Nº2774/214
Materias únicas: calificación de causales - censura - comisión negociadora - competencia - dirección del trabajo - negociación colectiva - terminación de contrato individual
Fecha: 01-jul-1998
1) La Dirección del Trabajo carece de competencia para calificar si determinados hechos configuran una causal de terminación del contrato, correspondiendo esta facultad a los Tribunales de Justicia. 2) Los trabajadores involucrados en un proceso de negociación colectiva se encuentran facultados para censurar a la comisión negociadora, de acuerdo al mecanismo previsto en el artículo 379 del Código del Trabajo y produce el efecto de inhabilitar a la misma para representarlos en el correspondiente proceso de negociación colectiva.
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Dictámenes
Fecha: 01/07/1998
Dirección del trabajo; Competencia; Terminacion de contrato individual; Calificación de causales; Negociación colectiva; Comisión negociadora; Censura;