dictamen 2721/209 de 18.06.1998
Dictamen destacado
ORD. N°1510
Materias únicas: Competencia Dirección del Trabajo
Fecha: 20-dic-2023
La Dirección del Trabajo carece de competencia para declarar la nulidad de una cláusula ilegal de un contrato individual de trabajo, materia entregada a la competencia de los Tribunales de Justicia conforme lo establece el artículo 1683 del Código Civil.
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Dirección del Trabajo; Competencia; Declaración de nulidad;