dictamen 5608/340 de 12.11.1999
Dictamen destacado
ORD. Nº5608/340
Materias únicas: concepto - contrato de aprendizaje - estatuto de capacitación y empleo - gratificación - imputación - ingreso mínimo - remuneración
Fecha: 12-nov-1999
1) El alcance que atribuye al concepto de remuneración el artículo 42 del Reglamento General del Estatuto de Capacitación y Empleo, aprobado por el D.S. Nº 98 de 1997, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, es válido sólo para el inciso final del artículo 57 de la Ley Nº 19.518, que fija el nuevo Estatuto de Capacitación y Empleo. En tanto que, tratándose del inciso penúltimo de dicha norma, resulta aplicable lo dispuesto por el artículo 8º inciso 3º del D.L. 670 de 1974, modificado por la ley Nº 19.222 de 1993. Se reconsidera la doctrina contenida en Ord. Nº 4.327-302, de 09.09.98. 2) No resulta jurídicamente procedente enterar el ingreso mínimo de los trabajadores sujetos a un contrato de aprendizaje con la gratificación legal o convencional, sea que esta última revista o no el carácter de garantizada, pagadas mes a mes.
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Dictámenes
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Contrato de aprendizaje; Estatuto de capacitación y empleo; Bonificaciones; Remuneración máxima; Concepto;