Los beneficios " bono de escolaridad " y " beca de estudios Hotel Termas de Puyehue ", pactados en contrato colectivo de 27.05.2003, suscrito en la empresa de la misma denominación, constituyen remuneración , y por ende, al tenor de la doctrina de la Superintendencia de Seguridad Social se encontrarían afectos a cotizaciones previsionales.