dictamen 382/11 de 25.01.2005
Dictamen destacado
ORD. N°2066
Materias únicas: Corporación Municipal
Fecha: 06-jul-2020
La Dirección del Trabajo carece de competencia para intervenir en caso de afiliaciones realizadas en contravención a la ley, tanto respecto de sindicatos como de asociaciones de funcionarios, y para pronunciarse acerca de la aplicación de un acuerdo marco, celebrado al margen de la normativa que regula la negociación colectiva, contenida en el Libro IV del Código del Trabajo, sin perjuicio de lo señalado en el presente oficio.
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