Las asociaciones de funcionarios, federaciones y confederaciones constituidas al amparo de la ley 19.296, no pueden exigir el aporte del 75% del valor de la cuota mensual que contempla el artículo 346 del Código del Trabajo, respecto de beneficios contemplados en acuerdos o convenios marcos celebrados por esas organizaciones con entidades públicas donde se encuentran constituidas.