dictamen 3868/192 de 18.10.2001
Dictamen destacado
ORD. Nº412/32
Materias únicas: alteración de dominio posesión o mera tenencia - descuento remuneraciones - descuentos de remuneraciones - efectos - estatuto de salud - formalidades - jubilación - prescripción - remuneraciones - salud incompatible o irrecuperable - terminación de contrato
Fecha: 04-feb-2002
1) En el sistema de salud primaria municipal, el cambio de dominio, posesión o tenencia de la empresa, o la modificación de su denominación, constituyen hechos que no hacen exigible una nueva autorización escrita del trabajador, para continuar realizando los descuentos de la remuneración, destinados al pago de la prima del seguro contratado por el funcionario. 2) En el mismo sistema, el cobro de las remuneraciones adeudadas debe realizarse en el plazo de seis meses, contado desde la fecha en que debieron liquidarse y pagarse.
Documentos relacionados dictamen 3868/192 de 18.10.2001 (1)
Dictámenes
Fecha: 18/10/2001
Jubilación; Efectos; Terminación de Contrato; Salud Incompatible o Irrecuperable; Formalidades; Remuneración; Descuentos;