No procede que la empresa Unidad Coronaria Móvil Ltda. suspenda unilateralmente de funciones con descuento de remuneración a aquellos dependientes que se enferman y con ello puedan poner en riesgo de contagio a los pacientes que les corresponda atender, aún cuando ello se base en una certificación médica, que no sea una licencia médica propiamente.