Contenido principal

Dictámenes y Normativa

Búsqueda simple
Ejemplo: 4919/115
Período

Dictamen destacado

ORD. N°4949

Materias únicas: feriado progresivo
Fecha: 27-sep-2018

1) No resulta jurídicamente procedente exigir al empleador el otorgamiento del día o días de feriado progresivo que el trabajador no hizo valer de manera oportuna. 2) El cheque restaurante que reciben los trabajadores y por el que se consulta, deberá ser incluido en la base de cálculo de la indemnización por años de servicio y sustitutiva del aviso previo, en la medida que constituya una regalía avaluada o avaluable en dinero, y cuyo otorgamiento responda a criterios de fijeza y periodicidad. 3) No resulta posible establecer con exactitud los elementos de protección que en la especie, el empleador debiese proporcionar a sus trabajadores, máxime aún si se considera que serán las condiciones fácticas y materiales en que se prestan los servicios, las que determinarán la exigencia de emplear algún medio determinado.

Documentos relacionados dictamen 1169/57 de 02.03.1999 (4)

Dictámenes

ORD. Nº2745/42

Fecha: 09/07/2009

Indemnización Legal por años de Servicios. Base de Cálculo. Colación y Movilización.

Dictámenes

ORD. Nº1012/49

Fecha: 16/03/2001

Feriado Colectivo; Derecho Empleador; Indemnización Legal por Años de Servicio; Base de Cálculo; Colación; Movilización;

Dictámenes

ORD. Nº2937/226

Fecha: 14/07/2000

Indemnización legal por años de servicio; Base de cálculo;

Dictámenes

ORD. Nº1169/57

Fecha: 02/03/1999

Indemnización legal por años de servicio; Base cálculo;