dictamen 2664/193 de 15.06.1998
Dictamen destacado
ORD. Nº2541/194
Materias únicas: dirección del trabajo - facultades - instrumento colectivo - interpretación - negociación colectiva
Fecha: 20-jun-2000
1) Procede dejar sin efecto instrucciones N° D2000-61, de 28.03.2000, de Fiscalizador Ramón Cáceres Carrasco, por las cuales ordena a la empresa Sociedad Industrial Pizarreño S.A. el pago de 3 Unidades Tributarias Mensuales a cada trabajador, en aplicación de la cláusula letra g), del punto N° 1, parte "B", del contrato colectivo de fecha 30.09.98, por no ajustarse a derecho. 2) Los Inspectores del Trabajo cuentan con facultades para interpretar instrumentos colectivos del trabajo dentro de sus atribuciones de fiscalizar el efectivo cumplimiento de los mismos.
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Dictámenes
Fecha: 15/06/1998
Negociación colectiva; Instrumento colectivo; Interpretación; Dirección del Trabajo;