Los trabajadores dependientes de la empresa Ecocopter S.A., que se desempeñan en calidad de pilotos, mecánicos y apoyo terrestre, no se encuentran excluidos de la limitación de jornada contemplada en el inciso 2° del artículo 22 del Código del Trabajo, debiendo registrar su asistencia en la forma prevista en el artículo 33 del mismo cuerpo legal.
Documentos relacionados dictamen 323/22 de 24.01.2000 (1)