dictamen 1360/73 de 30.03.1998
Dictamen destacado
ORD. N°1452
Materias únicas: docente - huelga
Fecha: 04-abr-2017
La remuneración de los docentes por quienes se consulta ha sido pactada de manera mensual, de modo tal que el descuento de remuneraciones deberá determinarse necesariamente en base a los días no trabajados. La conclusion anterior resulta aplicable sólo en el evento que las partes, al convenir la distribución de la jornada de trabajo, hayan determinado laborar un número igual de horas durante todos los días de la semana, pues, en caso contrario, el descuento deberá calcularse en base al valor de las horas no trabajadas.
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