dictamen 2098/34 de 17.05.2006
Dictamen destacado
ORD. N°3516
Materias únicas: Negociación Colectiva
Fecha: 09-sep-2013
Atiende presentación del Sindicato de Trabajadores Profesionales N°4 del Hospital del Profesor.
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Fecha: 31/05/2012
Corrige error contenido en la conclusión Nº2 del dictamen Nº2098/034, de 17.05.2006 y declara que donde dice "Los trabajadores sujetos a jornada ordinaria de trabajo deben hacer efectiva la huelga al inicio de la respectiva jornada del tercer día siguiente a la fecha de su aprobación, plazo que puede prorrogarse, de común acuerdo, entre las partes, hasta por diez días", debe decir, "Los trabajadores sujetos a jornada ordinaria de trabajo deben hacer efectiva la huelga al inicio de la respectiva jornada del tercer día siguiente a la fecha de su aprobación, plazo que puede prorrogarse, de común acuerdo, entre las partes, por diez días"
Dictámenes
Fecha: 17/05/2006
1.- Negociación Colectiva. Huelga. Oportunidad para hacerla efectiva. 2.- Negociación Colectiva. Huelga. Oportunidad para hacerla efectiva.3.- Negociación Colectiva. Huelga. Oportunidad para hacerla efectiva. Sistema de Turnos. 4.- Negociación Colectiva. Huelga. Manifestación de Voluntad. Sistemas excepcionales de distribución de jornada y descansos.