dictamen 4052/83 de 17.10.2011
Dictamen destacado
ORD. N°5602
Materias únicas: Permiso postnatal parental de media jornada
Fecha: 04-dic-2019
El empleador debe pagar el 50% de las remuneraciones que le correspondería percibir, atendido que hará uso del permiso postnatal parental en su modalidad de media jornada.
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1) Permiso postnatal parental. Beneficiarios.2) Permiso postnatal parental. Modalidades. 3) Permiso postnatal parental. Avisos.4) Permiso postnatal parental. Ejercicio por parte del padre.5) Permiso postnatal parental. Situación de trabajadoras que al 17.10.2011 no habían hecho uso de descanso pre o postnatal.6) Permiso postnatal parental. Situación de trabajadoras que al 17.10.2011 hayan terminado su descanso postnatal.7) Permiso postnatal parental. Situación de trabajadoras que al 17.10.2011 se encontraban haciendo uso de permiso pre o postnatal.8) Permiso postnatal parental. Obligaciones del empleador.9) Permiso postnatal parental. Nuevas funciones de la Dirección del Trabajo.10) Descanso postnatal. Incrementos.