1) La Dirección del Trabajo carece de competencia para interpretar y fiscalizar las disposiciones contenidas en la Ley Nº19.419, modificada por la ley Nº20.660 sobre ambientes libres del humo de tabaco.
2) Los reglamentos internos de orden, higiene y seguridad, deben ser actualizados al tenor de las disposiciones contenidas en los artículos 10 y 11 de la Ley Nº19.419.