corporaciones de derecho privado
Dictamen destacado
ORD.: Nº116/17
Materias únicas: aplicabilidad - colegio particular pagado - corporaciones de derecho privado - derecho a negociar - estatuto docente - gratificación legal - negociación colectiva - procedencia
Fecha: 09-ene-1998
1) El personal que labora en el Establecimiento Educacional Iquique English College, se rige por las normas del Título IV del Estatuto Docente, salvo en las materias que la propia ley señala, en las cuales se aplica supletoriamente el Código del Trabajo. 2) Los profesionales de la Educación que laboran en el Establecimiento Educacional referidos se encuentran legalmente facultados para negociar con su empleador los beneficios y condiciones de trabajo que estimen conveniente, con la sola limitación de someterse a la normativa que sobre el particular se consigna en el Código del Trabajo. 3) La Corporación Educacional que administra el Colegio Iquique English College no se encuentra obligada a gratificar anualmente a sus trabajadores.
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Fecha: 09/01/1998
Estatuto docente; Aplicabilidad; Colegio particular pagado; Negociación colectiva; Derecho a negociar; Gratificación legal; Procedencia; Corporaciones de derecho privado;