quebrantamiento
Dictamen destacado
ORD. Nº 1941/53
Materias únicas: dirección del trabajo - facultades - fiscalizadores - quebrantamiento - sanción - suspensión de obra o faena
Fecha: 04-may-2005
No resulta conforme a derecho sancionar con la multa prevista en el artículo 25 del D.F.L. Nº 2, de 1967, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, al empleador que quebranta la suspensión de obra o faena instruida por el Inspector del Trabajo por amenazar peligro inminente para la vida y salud de los trabajadores.
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Dirección del Trabajo. Fiscalizadores. Facultades. Suspensión de Obra o Faena. Quebrantamiento. Sanción.