1)Para asignar las horas disponibles en una entidad administradora de salud primaria municipal, deberá esta última llamar a previo concurso público de antecedentes, o asignarlas al momento de fijar la dotación antes del 30 de septiembre del año respectivo, en su caso.
2)En el mismo sistema, el personal sujeto a contrato indefinido que voluntariamente renuncia a una parte de las horas de su jornada semanal, mantiene su contrato indefinido por las horas restantes.
3)La misma entidad administradora deberá convocar a previo concurso público de antecedentes, para proveer los cargos o funciones que no fueron explicitados en el llamado a concurso público actualmente en vigor, y luego que se haya resuelto este último.