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Dictámenes y Normativa

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Dictamen destacado

ORD. Nº1650/22

Materias únicas: guardia de seguridad - instrumento colectivo - legalidad de cláusula - obligación del empleador - uniformes
Fecha: 14-abr-2011

El costo del uniforme que debe utilizar el personal que se desempeña como guardia de seguridad en la ejecución de sus labores, con arreglo a lo dispuesto en el inciso 2º del art. 15º del D.S. Nº93 de 1985, es de cargo del empleador y, por ende, no se ajusta a derecho la cláusula vigésimo segunda del contrato colectivo vigente suscrito por la empresa Prosegur Chile S.A. y el Sindicato Nº 1 de Guardias de Seguridad allí constituido, que obliga al trabajador que no cuenta con una antigüedad superior a un año en la empresa al pago de los zapatos y calcetines que conforman dicho uniforme.

Documentos relacionados uniformes (3)

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ORD. Nº5175/347

Fecha: 11/12/2000

Servicio de Transporte Público de Pasajeros; Cobradores; Uniformes; Obligación Empleador; Planes de Capacitación; Ministerio de Transportes Y Telecomunicaciones; Facultades; Seguro de Vida; Obligatoriedad;

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ORD.: Nº4468/310

Fecha: 21/09/1998

Jornada de trabajo; Sistema de turnos; Legalidad; Elementos de seguridad; Obligación del empleador; Uniformes; Horas extraordinarias; Procedencia; Domingo y festivos;

Dictámenes

ORD.: Nº3429/137

Fecha: 18/06/1996

Capacitación; vigilantes privados; Financiamiento; Dirección del trabajo; Competencia; Uniformes vigilantes privados;