Procede efectuar reliquidación mensual de bono de resultado que se paga en el mes de febrero de cada año, pactado en contrato colectivo de 30.06.99, celebrado entre Empresa Aguas Cordillera S.A. y el Sindicato de Trabajadores y Supervisores EAPLOC S.A., a fin de determinar el tope máximo imponible para cotizaciones, para lo cual deberá prorratearse mensualmente y sumarse a las respectivas remuneraciones.