Dictámenes
Negociación Colectiva; Instrumento colectivo; Respuesta del empleador; Obligatoriedad;
ORD. N°1426/119
10-abr-2000
Niega lugar a la reconsideración del dictamen Nº 5872/366, de 01.12.99.
ORD.N° 1426/119
MAT.: Negociación colectiva, Instrumento colectivo. Respuesta del empleador. Obligatoriedad.
RDIC.: Niega lugar a la reconsideración del dictamen Nº5872/366, de 01.12.99.
ANT.: Presentación del Sr. José Jiménez Zapata, Gerente General de la Corporación Municipal Viña del Mar para el Desarrollo Social.
SANTIAGO, 10 DE ABRIL DEL 2000
DE : DIRECTORA DEL TRABAJO
A : SR. JOSE JIMENEZ ZAPATA
CORPORACION MUNICIPAL VIÑA DEL MAR
PARA EL DESARROLLO SOCIAL
10 NORTE 907
VIÑA DEL MAR/
Mediante presentación del antecedente se ha solicitado la reconsideración del dictamen Nº 5872/366, de 01 de diciembre de 1999, que concluyó que "la Corporación Municipal de Viña del Mar para el Desarrollo Social se encontraba obligada a dar respuesta al proyecto de contrato colectivo presentado por el Sindicato de Trabajadores de Educación de dicha Corporación el día 30.08.99 de suerte que al no haberlo hecho en su oportunidad, le resulta plenamente aplicable la norma contenida en el artículo 332 del Código del Trabajo".
Sobre el particular cabe manifestar que los argumentos en que se fundamenta la solicitud de reconsideración que son los mismos esgrimidos por la recurrente en sus presentaciones anteriores- fueron oportunamente analizados y ponderados con ocasión del estudio de los antecedentes que dieron origen a la conclusión a que se arribó en el referido dictamen.
Atendido lo expuesto y habida consideración que los antecedentes aportados no permiten modificar lo resuelto en el dictamen impugnado, cumplo con informar a Ud. que se niega lugar a la reconsideración del dictamen Nº 5872/366, de 01.12.99.
Saluda a Ud.,
MARIA ESTER FERES NAZARALA
ABOGADA
DIRECTORA DEL TRABAJO