Ordinarios
Competencia; Dirección del Trabajo;
ORD.N°353
29-may-2025
La Dirección del Trabajo carece de competencia para emitir un pronunciamiento respecto a su solicitud, por lo que los antecedentes serán remitidos a la Contraloría General de la República para que dé respuesta a su solicitud en el ámbito de sus competencias.