Ordinarios
Establecimiento Educacional Técnico-profesional de administración delegada; Asistentes de la Educación; Remuneraciones; Beneficio de casa-habitación;
ORD. N°612
12-sep-2024
En la medida que el beneficio de casa-habitación que perciban los asistentes de la educación, que se desempeñen en establecimientos técnico-profesionales de administración delegada, cumpla con las características propias de las remuneraciones, deberán continuar gozando del mismo salvo que, de común acuerdo, las partes de la relación laboral determinen su cese.