Ordinarios
Competencia Dirección del Trabajo; Asunto Controvertido;
ORD. N°1944
10-may-2013
La Dirección del Trabajo carece de competencia para pronunciarse, por la vía de Dictamen, sobre cuestiones de hecho, que se enmarcan en la facultad de administración del empleador, y que pudieran ser materias a fiscalizar por este Servicio o suscitar controversia entre las partes de la relación laboral.