Ordinarios
Jornada de Trabajo; Distribución; Horas extraordinarias; Base de Cálculo; Sueldo Mensual;
ORD. N°1176
21-mar-2013
De esta suerte, preciso es convenir que para determinar en la especie el valor de la hora extraordinaria de trabajo deberá recurrir al procedimiento descrito en acápites anteriores, no resultando aplicable a su respecto al factor 0.0077777, establecido por este Servicio, para determinar en forma inmediata y simplificada el valor de las horas extraordinarias, de un trabajador con sueldo mensual, afecto a una jornada ordinaria de 45 horas semanales, cuyo noes su caso, conforme a los antecedentes analizados.