Ordinarios
Estatuto Docente; Perfeccionamiento; Establecimiento Educacional; Cláusula Tácita;
ORD. N°176
15-ene-2014
La Sociedad Educacional San Antonio Ltda., sostenedor del Colegio Técnico Profesional San Ramón La Cisterna, se encuentra facultada para convocar, durante el período de interrupción de las actividades escolares, al personal docente del referido establecimiento para actividades de perfeccionamiento u otras que no tengan el carácter de docencia de aula, hasta por tres semanas consecutivas, no obstante no haber ejercido anteriormente tal derecho, debiendo, en todo caso y de forma oportuna, poner en conocimiento de los profesionales de la educación que hará uso de dicha convocatoria.