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Dictámenes y Normativa

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Período

Ordinarios

Contrato individual de Trabajo; Garzones; Trabajadores Externos; Propinas;

ORD. N°820

20-may-2022

1) El empleador no se encuentra facultado para repartir la propina entre los trabajadores que son de su dependencia pero que no realizaron los servicios respectivos, toda vez que la ley señala expresamente que la misma corresponde a los garzones que prestaron sus servicios; y son quienes tienen la facultad para repartir los montos de la forma que determinen. Por tanto, el empleador se encuentra obligado a entregar las propinas a los trabajadores que efectivamente prestaron servicios en los eventos. 2) La entrega de las propinas debe realizarla a la brevedad posible, toda vez que los plazos señalados en el artículo 64 inciso 3° del Código del ramo se encuentran vencidos desde el mes de noviembre del año 2021.

contrato individual trabajo, garzones, trabajadores externos, propinas,
ORD. N°820
contrato individual trabajo, garzones, trabajadores externos, propinas,

Catalogación

contrato individual trabajo, garzones, trabajadores externos, propinas,