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Dictámenes y Normativa

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Período

Ordinarios

Organizaciones Sindicales; Directores; Permiso Único Colectivo; Competencia Dirección del Trabajo;

ORD. N°1309

26-abr-2021

Esta Dirección carece de competencia para pronunciarse acerca de la procedencia de incluir a los dirigentes de las organizaciones sindicales constituidas en las empresas de rubro esencial en la solicitud de permisos únicos colectivos que estas últimas deben requerir respecto de los trabajadores a que se refiere el Instructivo para Permisos de Desplazamiento del Gobierno de Chile, con el objeto de que aquellos puedan cumplir con las funciones propias de su cargo.

organizaciones sindicales, directores, permiso único colectivo, competencia dirección trabajo,
ORD. N°1309
organizaciones sindicales, directores, permiso único colectivo, competencia dirección trabajo,

Catalogación

Concordancias directas:ordinario 1309, 26.04.2021
organizaciones sindicales, directores, permiso único colectivo, competencia dirección trabajo,