Ordinarios
Registro especial asistencia y determinación horas de trabajo;
ORD. N°336
16-ene-2020
El sistema de registro y control de asistencia denominado “Sistema de Control y Gestión de Asistencia PuntoSeguro”, presentado por la empresa Soluciones de Seguridad Limitada, se ajusta a todas las exigencias establecidas por los dictámenes Nº1140/027 de 24.02.2016 y N°5849/133 de 04.12.2017, por lo que se autoriza su utilización en el contexto de la relación laboral. Lo anterior, no obsta al ejercicio de las facultades de fiscalización de este Servicio.
Departamento Jurídico y Fiscalía
Unidad de Pronunciamientos,
Innovación y Estudios Laborales
E14928 (949) 2019
ORD. N°336
MAT.: Registro especial asistencia y determinación horas de trabajo;
RORD.: El sistema de registro y control de asistencia denominado "Sistema de Control y Gestión de Asistencia PuntoSeguro", presentado por la empresa Soluciones de Seguridad Limitada, se ajusta a todas las exigencias establecidas por los dictámenes Nº1140/027 de 24.02.2016 y N°5849/133 de 04.12.2017, por lo que se autoriza su utilización en el contexto de la relación laboral. Lo anterior, no obsta al ejercicio de las facultades de fiscalización de este Servicio.
ANT.: 1) Revisión de 14.01.2020, de Jefe Departamento Jurídico y Fiscal.
2) Correo electrónico de 05.08.2019 de Sra. Camila Tejos, en representación de empresa Soluciones de Seguridad Limitada.
3) Presentación de 03.05.2019 de Sr. Pablo Andrés Tejos Echeverría, en representación de empresa Soluciones de Seguridad Limitada.
SANTIAGO, 16.01.2020
DE:JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL
DIRECCIÓN DEL TRABAJO
A:SR. PABLO ANDRÉS TEJOS ECHEVERRÍA
pablotejos@puntoseguro.cl
EMPRESA SOLUCIONES DE SEGURIDAD LIMITADA
MAYECURA N°1376
LAS CONDES
Mediante presentación del antecedente 3), complementada a través de correo electrónico de antecedente 2), usted ha solicitado un pronunciamiento de este Servicio, a fin de determinar si el sistema de registro y control de asistencia que presenta, denominado "Sistema de Control y Gestión de Asistencia PuntoSeguro", y su respectivo proceso de verificación, se ajustan a las exigencias que sobre la materia establecen los dictámenes Nº1140/027, de 24.02.2016 y N°5849/133, de 04.12.2017.
Ahora bien, a fin de validar el cumplimiento de las indicadas exigencias, la solicitante acompañó informe de certificación emitido por la empresa Blackbird S.p.A., Rut N°76.565.946-9, suscrito por el Sr. Martín Gonzáles Sotomayor.
En tal contexto, es del caso señalar que los antecedentes acompañados fueron remitidos al Departamento de Tecnologías de la Información de este Servicio, con el objeto de determinar el cumplimiento de los aspectos técnicos que deben comprender los sistemas computacionales de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo de acuerdo al citado dictamen.
Dicho trámite fue evacuado existiendo como única observación, que no se acompaña evidencia para comprobar que el sistema en análisis impide que se carguen correos idénticos en la base de datos.
A continuación, este Departamento procedió a analizar el cumplimiento de las exigencias contenidas en el N°1.7 del dictamen N°5849/133 de 04.12.2017, relativas a los reportes mínimos que debe emitir el sistema, realizándose observaciones formales a la reportería de la plataforma.
Posteriormente, a través de corres electrónico de antecedente 2), la solicitante complementó su presentación subsanando las observaciones señaladas satisfactoriamente.
En conclusión, analizada la información acompañada a la luz de la jurisprudencia administrativa invocada y consideraciones formuladas, cumplo con informar a usted que el sistema de registro y control de asistencia denominado "Sistema de Control y Gestión de Asistencia PuntoSeguro", presentado por la empresa Soluciones de Seguridad Limitada, se ajusta a todas las exigencias establecidas por los dictámenes Nº1140/027 de 24.02.2016 y N°5849/133 de 04.12.2017, por lo que se autoriza su utilización en el contexto de la relación laboral. Lo anterior, no obsta al ejercicio de las facultades de fiscalización de este Servicio.
Saluda atentamente a Ud.,
DAVID ODDÓ BEAS
ABOGADO
JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL
DIRECCIÓN DEL TRABAJO
MBA/RCG
Distribución:
Jurídico
Partes