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Ordinarios

Registro de asistencia; sistema electrónico computacional de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo;

ORD. N°1548

25-abr-2019

Atiende solicitudes de empresa Kairos S.A., sobre autorización de sistema de registro y control de asistencia.

registro asistencia, sistema electrónico computacional control asistencia y determinación horas trabajo,

Departamento Jurídico y Fiscalía

E20815 (2558) 2018

E2841 (198) 2019

ORD.:1548

MAT.: Registro de asistencia; sistema electrónico computacional de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo;

RORD.: Atiende solicitudes de empresa Kairos S.A., sobre autorización de sistema de registro y control de asistencia.

ANT.: 1) Instrucciones de 26.03.2019 de Jefa Unidad de Pronunciamientos, Innovación y Estudios Laborales.

2) Correo electrónico de 13.02.2019, de Subjefe Departamento de Tecnologías de la Información.

3) Memo N°34 de 06.02.2019 de Subjefe Departamento de Tecnologías de la Información.

4) Correo electrónico de 29.01.2019 de Departamento Jurídico.

5) Correo electrónico de 23.01.2019, de Subjefe Departamento de Tecnologías de la Información.

6) Memo N°42 de 21.12.2018 de Jefe Departamento Jurídico.

7) Presentaciones de 21.11.2018 y 24.01.2019, de Sr. Jose Manuel López de La Casa, en representación de empresa Kairós S.A.

SANTIAGO, 25.04.2019

DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL

A : SR. JOSE MANUEL LÓPEZ DE LA CASA

EMPRESA KAIROS S.A.

GRAN AVENIDA JOSÉ MIGUEL CARRERA N°5018, OFICINA 503

SAN MIGUEL

Mediante sus presentaciones del antecedente 7), usted ha solicitado un pronunciamiento de este Servicio, a fin de determinar si el sistema de registro y control de asistencia que presenta, denominado "Net-Time", y su respectivo proceso de verificación, se ajustan a las exigencias que sobre la materia establecen los dictámenes Nº1140/027 de 24.02.2016 y N°5849/133 de 04.12.2017.

Ahora bien, a fin de validar el cumplimiento de las indicadas exigencias, la empresa señalada, acompañó informe de certificación emitido por la empresa Segic Usach Ltda., Rut N°77.045.700-9, suscrito por el Sr. Eduardo Durán Oliva.

En tal contexto, es del caso señalar que los antecedentes acompañados fueron remitidos al Departamento de Tecnologías de la Información de este Servicio, con el objeto de determinar el cumplimiento de los aspectos técnicos que deben comprender los sistemas computacionales de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo de acuerdo a los citados dictámenes.

Dicho trámite fue evacuado mediante memorándum de antecedente 3) y correos electrónicos de antecedentes 2) y 5), manifestando que el sistema no contempla la generación de un Hash como mecanismo de seguridad asociados a las acciones de la plataforma, medida que resulta esencial para garantizar la veracidad de la información emitida por la plataforma.

En conclusión, analizada la información acompañada a la luz de la jurisprudencia administrativa invocada y consideraciones formuladas, cumplo con informar a usted que el sistema de registro y control de asistencia consultado por la empresa Kairos S.A., denominado "Net-Time", presenta una deficiencia grave que impide emitir el pronunciamiento solicitado, por lo que no se autoriza su utilización en el contexto de la relación laboral.

Saluda a Ud.,

DAVID ODDÓ BEAS

ABOGADO

JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL

DIRECCIÓN DEL TRABAJO

MBA/RCG

Distribución:

Jurídico

Partes

Control

ORD. N°1548
registro asistencia, sistema electrónico computacional control asistencia y determinación horas trabajo,

Catalogación

registro asistencia, sistema electrónico computacional control asistencia y determinación horas trabajo,