Ordinarios
Registro de asistencia; Sistema electrónico computacional de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo;
ORD. N°1118
27-mar-2019
Atiende solicitud de empresa Alba Ambiente S.A., sobre autorización de sistema de registro y control de asistencia.
DEPARTAMENTO JURIDICO
K9974 (1994) 2018
ORD.:1118
MAT.: Registro de asistencia; Sistema electrónico computacional de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo;
RORD.: Atiende solicitud de empresa Alba Ambiente S.A., sobre autorización de sistema de registro y control de asistencia.
ANT.: 1) Correo electrónico de 28.01.2019 de Subjefe Departamento de Tecnologías de la Información.
2) Correo electrónico de 25.01.2019 de Sr. Felipe Barahona.
3) Correo electrónico de 14.01.2019 de Departamento Jurídico.
4) Correo electrónico de 11.01.2019 de Subjefe Departamento de Tecnologías de la Información.
5) Correo electrónico de 07.09.2018, de Departamento Jurídico.
6) Presentación de 31.08.2018, de Sr. Felipe Barahona, en representación de empresa Alba Ambiente S.A.
SANTIAGO, 27.03.2019
DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO
A : SR. FELIPE BARAHONA
EMPRESA ALBA AMBIENTE S.A.
AVENIDA GRECIA N°1460
ÑUÑOA
Mediante presentación del antecedente 6), complementada a través de correo electrónico de antecedente 2), usted ha solicitado un pronunciamiento de este Servicio, a fin de determinar si el sistema de registro y control de asistencia que presenta, denominado "BioAlba", y su respectivo proceso de verificación, se ajustan a las exigencias que sobre la materia establecen los dictámenes Nº1140/027 de 24.02.2016 y N°5849/133 de 04.12.2017.
Ahora bien, a fin de validar el cumplimiento de las indicadas exigencias, usted acompañó informe de certificación emitido por la empresa Global Solution Ltda., Rut N°77.797.160-3, suscrito por el Sr. Alex Hennings Cepeda.
En tal contexto, es del caso señalar que los antecedentes acompañados fueron remitidos al Departamento de Tecnologías de la Información de este Servicio, con el objeto de determinar el cumplimiento de los aspectos técnicos que deben comprender los sistemas computacionales de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo de acuerdo al citado dictamen.
Dicho trámite fue evacuado mediante correo electrónico de antecedente 4), manifestando que al acceder al portal de fiscalización no se apreciaban todos los reportes exigidos en el punto 1.7-. del precitado dictamen N°5849/133.
Posteriormente, la observación fue subsanada por la solicitante, dando cuenta de ello a través de correo electrónico de antecedente 2, circunstancia verificada por el Departamento de Tecnologías de la Información de este Servicio.
En conclusión, analizada la información acompañada a la luz de la jurisprudencia administrativa invocada y consideraciones formuladas, cumplo con informar a usted que el sistema de registro y control de asistencia presentado por la empresa Alba Ambiente S.A., denominado "BioAlba", se ajusta a las exigencias que sobre la materia establecen los dictámenes Nº1140/027 de 24.02.2016 y N°5849/133 de 04.12.2017, por lo que resulta válida su utilización en el contexto de las relaciones laborales. Lo anterior, no obsta a las observaciones o infracciones que pudieren detectarse y sancionarse por parte de esta Dirección a través de fiscalizaciones en terreno.
Saluda a Ud.,
DAVID ODDÓ BEAS
ABOGADO
JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO
DIRECCION DEL TRABAJO
MBA/RCG
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