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Ordinarios

Registro especial de asistencia y determinación de horas de trabajo; Deniega autorización;

ORD. N°5190

09-oct-2018

Atiende solicitud de empresa Tecsolutions S.A., sobre autorización de sistema de registro y control de asistencia.

registro especial asistencia y determinación horas trabajo, deniega autorización,

DEPARTAMENTO JURIDICO

K5607 (1107) 2018

ORD.: 5190

MAT.: Registro especial de asistencia y determinación de horas de trabajo; Deniega autorización;

RORD.: Atiende solicitud de empresa Tecsolutions S.A., sobre autorización de sistema de registro y control de asistencia.

ANT.:1) Instrucciones de 26.09.2018 de Jefa Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho.

2) Correo electrónico de 30.08.2018, de Subjefe Departamento de Tecnologías de la Información.

3) Correo electrónico de 23.05.2018 de Departamento Jurídico.

4) Presentación de 15.05.2018, de Sr. Benjamín López Rojas, en representación de empresa Tecsolutions S.A.

SANTIAGO, 09.10.2018

DE : JEFA DEPARTAMENTO JURÍDICO (S)

A : SR. BENJAMÍN LÓPEZ ROJAS

EMPRESA TECSOLUTIONS S.A.

PREMIO NOBEL N°2794, OFICINA 11-13

MACUL

Mediante presentación del antecedente 4), usted ha solicitado un pronunciamiento de este Servicio, a fin de determinar si el sistema de registro y control de asistencia que presenta, denominado "Timesolutions V3.0", y su respectivo proceso de verificación, se ajustan a las exigencias que sobre la materia establecen los dictámenes Nº1140/027, de 24.02.2016 y N°5849/133, de 04.12.2017.

Ahora bien, a fin de validar el cumplimiento de las indicadas exigencias, la empresa señalada, acompañó informe de certificación emitido por la empresa Segic Usach Ltda., Rut N°77.045.700-9, suscrito por el Sr. Eduardo Durán Oliva.

En tal contexto, es del caso señalar que los antecedentes acompañados fueron remitidos al Departamento de Tecnologías de la Información de este Servicio, con el objeto de determinar el cumplimiento de los aspectos técnicos que deben comprender los sistemas computacionales de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo de acuerdo a los citados dictámenes.

Dicho trámite fue evacuado mediante correo electrónico de antecedente 2), manifestando las siguientes observaciones:

1-. No se acompaña un certificado que valide el resultado del proceso de verificación de la plataforma, sino antecedentes que dan cuenta del cumplimiento de los requisitos establecidos en los pronunciamientos citados.

2-. No se acompañaron evidencias que permitan validar los mecanismos de seguridad (replicación, respaldos, y accesos).

3-. No se acompañaron evidencias del portal para fiscalización dispuesto en el protocolo HTTPS.

4-. No se acompañó un análisis de vulnerabilidades.

5-. No se acompañaron evidencias que permitan validar los mecanismos de alta disponibilidad de la plataforma.

6-. No se acompañaron evidencias que permitieran validar que la plataforma emite los reportes indicados en el precitado dictamen N°5849/133 de 04.12.2017.

En conclusión, analizada la información acompañada a la luz de la jurisprudencia administrativa invocada y consideraciones formuladas, cumplo con informar a usted que la documentación que respalda el proceso de certificación del sistema de registro y control de asistencia, consultado por la empresa Tecsolutions S.A., denominado "Timesolutions V3.0", presenta serias deficiencias que impiden emitir el pronunciamiento solicitado, por lo que no se autoriza su utilización en el contexto de la relación laboral.

Saluda a Ud.,

SONIA MENA SOTO

ABOGADA

JEFA DEPARTAMENTO JURÍDICO (S)

DIRECCIÓN DEL TRABAJO

LBP/RCG

Distribución:

Jurídico

Partes

Control

ORD. N°5190
registro especial asistencia y determinación horas trabajo, deniega autorización,

Catalogación

registro especial asistencia y determinación horas trabajo, deniega autorización,