Ordinarios
Registro especial de asistencia y determinación de horas de trabajo; Deniega autorización;
ORD. N°5096
03-oct-2018
Atiende solicitud de empresa Aurinet Desarrollos Tecnológicos S.p.A., sobre autorización de sistema de registro y control de asistencia.
DEPARTAMENTO JURIDICO
K2895 (622) 2018
ORD.:5096
MAT.: Registro especial de asistencia y determinación de horas de trabajo; Deniega autorización;
RORD.: Atiende solicitud de empresa Aurinet Desarrollos Tecnológicos S.p.A., sobre autorización de sistema de registro y control de asistencia.
ANT.: 1) Instrucciones de 03.09.2018, de Jefa Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho.
2) Correo electrónico de 30.07.2018 de Departamento Jurídico.
3) Correo electrónico de 30.07.2018 de Subjefe Departamento de Tecnologías de la Información.
4) Correo electrónico de 21.03.2018 de Departamento Jurídico.
5) Presentación de 14.03.2018 de Sr. Gonzalo Ramírez González, empresa Aurinet Desarrollos Tecnológicos S.p.A.
SANTIAGO, 03.10.2018
DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO (S)
A : SR. GONZALO RAMÍREZ GONZÁLEZ
EMPRESA AURINET DESARROLLOS TECNOLÓGICOS S.P.A.
JOSÉ LUIS COO N°076 OFICINA 32
PUENTE ALTO
Mediante presentación del antecedente 5), usted ha solicitado un pronunciamiento de este Servicio, a fin de determinar si el sistema de registro y control de asistencia que presenta, denominado "GOPS" (Gestión Online de Profesionales y Servicios v6.000), y su respectivo proceso de verificación, se ajustan a las exigencias que sobre la materia establecen los dictámenes Nº1140/027, de 24.02.2016 y N°5849/133, de 04.12.2017.
En tal contexto, es del caso señalar que los antecedentes acompañados fueron remitidos al Departamento de Tecnologías de la Información de este Servicio, con el objeto de determinar el cumplimiento de los aspectos técnicos que deben comprender los sistemas computacionales de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo de acuerdo a los citados dictámenes.
Dicho trámite fue evacuado mediante correo electrónico de antecedente 3), manifestando una serie de observaciones, las cuales fueron puestas en su conocimiento a través de correo electrónico de antecedente 2) el cual, a la fecha de confección del presente informe no fue respondido.
En conclusión, analizada la información acompañada a la luz de la jurisprudencia administrativa invocada y consideraciones formuladas, cumplo con informar a usted que al no haberse subsanado las observaciones técnicas realizadas al sistema de registro y control de asistencia, denominado "GOPS" (Gestión Online de Profesionales y Servicios v6.000), presentado por la empresa Aurinet Desarrollos Tecnológicos S.p.A., la solución consultada no se ajusta a las exigencias que sobre la materia establecen los dictámenes Nº1140/027, de 24.02.2016 y N°5849/133, de 04.12.2017, por lo que no se considera válida su utilización en el ámbito de las relaciones laborales.
Saluda a Ud.,
ROSAMEL GUTIÉRREZ RIQUELME
ABOGADO
JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO (S)
DIRECCIÓN DEL TRABAJO
LBP/RCG
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