Ordinarios
Registro especial de asistencia y determinación de horas de trabajo; Certificación;
ORD. N°573
30-ene-2018
Atiende solicitud de empresa Soluciones de Seguridad Limitada (PuntoSeguro Ltda.), sobre autorización de sistema de registro y control de asistencia.
DEPARTAMENTO JURIDICO
K7437 (1684) 2017
ORD.:573/
MAT.: Registro especial de asistencia y determinación de horas de trabajo; Certificación;
RORD.: Atiende solicitud de empresa Soluciones de Seguridad Limitada (PuntoSeguro Ltda.), sobre autorización de sistema de registro y control de asistencia.
ANT.: 1) Instrucciones de 03.01.2018, de Jefa Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho.
2) Correo electrónico de 13.12.2017, de SubJefe Departamento de Tecnologías de la Información.
3) Correo electrónico de 22.11.2017, de Sra. Camila Tejos, en representación de empresa PuntoSeguro Ltda.
4) Memo N°317, de 24.10.2017, de Subjefe Departamento de Tecnologías de la Información.
5) Memo N°62, de 09.08.2017, de Jefe Departamento Jurídico.
6) Presentación de 02.08.2017, de Sr. Pablo Andrés Tejos Echeverría, en representación de empresa Soluciones de Seguridad Limitada (PuntoSeguro Ltda.).
SANTIAGO, 30.01.2018
DE : JEFA (S) DEPARTAMENTO JURÍDICO
A : SR. PABLO ANDRÉS TEJOS ECHEVERRÍA
EMPRESA PUNTOSEGURO LTDA.
MAYECURA N°1376
LAS CONDES
Mediante presentación del antecedente 6), complementada a través de correo electrónico de antecedente 3), usted ha solicitado un pronunciamiento de este Servicio, a fin de determinar si la solución que presenta, denominada “Sistema de Control y Gestión de Asistencia PuntoSeguro”, y su respectivo proceso de verificación, se ajustan a las exigencias que sobre la materia establece el dictamen Nº1140/027, de 24.02.2016.
Ahora bien, a fin de validar el cumplimiento de las indicadas exigencias, la empresa señalada acompañó informe de certificación emitido por la empresa Blackbird S.p.A., Rut N°76.565.946-9, suscrito por el Sr. Martín González Sotomayor.
En tal contexto, es del caso señalar que los antecedentes acompañados fueron remitidos al Departamento de Tecnologías de la Información de este Servicio, con el objeto de determinar el cumplimiento de los aspectos técnicos que deben comprender los sistemas computacionales de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo de acuerdo al citado dictamen.
Dicho trámite fue evacuado mediante el memorándum de antecedente 2), señalando que de acuerdo a la información tenida a la vista la plataforma cumple con las exigencias vigentes sobre la materia.
En conclusión, analizada la información acompañada a la luz de la jurisprudencia administrativa invocada y consideraciones formuladas, cumplo con informar a usted que, el sistema de registro y control de asistencia que presenta, denominado Sistema de Control y Gestión de Asistencia PuntoSeguro, propuesto por la empresa PuntoSeguro Ltda., se ajusta a las exigencias que sobre la materia establece el dictamen Nº1140/027, de 24.02.2016, por lo que resulta válida su utilización en el contexto de las relaciones laborales. Lo anterior, no obsta a las observaciones o infracciones que pudieren detectarse y sancionarse por parte de esta Dirección a través de fiscalizaciones en terreno.
Saluda a Ud.,
LORETO BARRERA PEDEMONTE
ABOGADO
JEFA (S) DEPARTAMENTO JURÍDICO
DIRECCIÓN DEL TRABAJO
RGR/RCG
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