Ordinarios
Registro especial de asistencia y determinación de horas de trabajo; Certificación;
ORD. N°6191
20-dic-2017
Atiende solicitud de empresa Comercial Vortec Ltda., sobre autorización de sistema de registro y control de asistencia.
K9359 (2093) 2017
ORD.:6191/
MAT.: Registro especial de asistencia y determinación de horas de trabajo; Certificación;
RORD.: Atiende solicitud de empresa Comercial Vortec Ltda., sobre autorización de sistema de registro y control de asistencia.
ANT.: 1) Correo electrónico de 06.12.2017, de SubJefe Departamento de Tecnologías de la Información.
2) Correo electrónico de 23.11.2017, de Sr. Patricio Toledo G, en representación de Comercial Vortec Ltda.
3) Memo N°362, de 20.11.2017, de Subjefe Departamento de Tecnologías de la Información.
4) Memo N°73, de 12.10.2017, de Jefe Departamento Jurídico.
5) Presentación de 27.09.2017, de empresa Comercial Vortec Ltda.
SANTIAGO, 20.12.2017
DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO
A : EMPRESA COMERCIAL VORTEC LTDA.
AVENIDA SIMÓN BOLÍVAR N°2901
ÑUÑOA
Mediante presentación del antecedente 5), complementada a través de correo electrónico de antecedente 2), la empresa Comercial Vortec Ltda., ha solicitado un pronunciamiento de este Servicio, a fin de determinar si el sistema de registro y control de asistencia que presenta, denominado “AssisCAD”, y su respectivo proceso de verificación, se ajustan a las exigencias que sobre la materia establece el dictamen Nº1140/027, de 24.02.2016.
Ahora bien, a fin de validar el cumplimiento de las indicadas exigencias, la empresa señalada, acompañó informe de certificación emitido por la empresa Asesorías Computacionales Limitada, Rut N°76.003.061-9, suscrito por el Sr. Mirko Drpic González.
En tal contexto, es del caso señalar que los antecedentes acompañados fueron remitidos al Departamento de Tecnologías de la Información de este Servicio, con el objeto de determinar el cumplimiento de los aspectos técnicos que deben comprender los sistemas computacionales de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo de acuerdo al citado dictamen.
Dicho trámite fue evacuado mediante el memorándum de antecedente 3), señalando que los comprobantes de marcación (evidencia 11.3) acompañados corresponden a transcripciones de un documento físico lo que, a su vez, impide verificar el cumplimiento de la normativa vigente. Además, la estructura horaria de los respectivos comprobantes no tendría el formato requerido, dado que se transcribe bajo la fórmula HH/MM/SS, debiendo señalarse HH:MM:SS.
Posteriormente, a través de correo electrónico de antecedente 2) la recurrente complementó su presentación, acompañando la información necesaria para corroborar la corrección de las observaciones realizadas.
En conclusión, analizada la información acompañada a la luz de la jurisprudencia administrativa invocada y consideraciones formuladas, cumplo con informar a usted que, el sistema de registro y control de asistencia que presenta, denominado “AssisCAD”, propuesto por la empresa Comercial Vortec Ltda., se ajusta a las exigencias que sobre la materia establece el dictamen Nº1140/027, de 24.02.2016, por lo que resulta válida su utilización en el contexto de las relaciones laborales. Lo anterior, no obsta a las observaciones o infracciones que pudieren detectarse y sancionarse por parte de esta Dirección a través de fiscalizaciones en terreno.
Saluda a Ud.,
JOSÉ FRANCISCO CASTRO CASTRO
ABOGADO
JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO
DIRECCIÓN DEL TRABAJO
LBP/RCG
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