Ordinarios
Registro especial de asistencia y determinación de horas de trabajo; Comprobante de marcaciones;
ORD. N°1097
09-mar-2017
Atiende presentación de Sr. Gustavo Maluenda Molina, en representación de empresa ZKTeco Chile Branch S.p.A., sobre sistemas de registro y control de asistencia regidos por el dictamen Nº1140/027, de 24.02.2016.
DEPARTAMENTO JURIDICO
K928 (225) 2017
ORD.:1097/
MAT.: Registro especial de asistencia y determinación de horas de trabajo; Comprobante de marcaciones;
RORD.: Atiende presentación de Sr. Gustavo Maluenda Molina, en representación de empresa ZKTeco Chile Branch S.p.A., sobre sistemas de registro y control de asistencia regidos por el dictamen Nº1140/027, de 24.02.2016.
ANT.: 1) Comparecencia personal de 16.02.2017, de Sra. Emelie Karlsson.
2) Presentación de 26.01.2017, de Sr. Gustavo Maluenda Molina, en representación de empresa ZKTeco Chile Branch S.p.A.
SANTIAGO, 09.03.2017
DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO
A : SR. GUSTAVO MALUENDA MOLINA
ZKTECO CHILE BRANCH S.P.A.
CALLE SUECIA N°0155, OFICINA 904
PROVIDENCIA
Mediante su presentación del antecedente, complementada a través de comparecencia personal de antecedente 1), usted solicita un pronunciamiento de este Servicio, a fin de determinar si los comprobantes de marcaciones que emiten sus equipos, se ajustan a las exigencias que sobre la materia establece el dictamen Nº1140/027, de 24.02.2016, que regula los sistemas de registro y control de asistencia electrónicos.
Sobre el particular, cumplo con informar a Ud., que la materia se encuentra regulada en el punto 3.3) del pronunciamiento en examen, en los siguientes términos:
"3.3) Contenido. Todos los comprobantes deberán indicar, a lo menos, la siguiente información:
• Trabajador: La fecha de la marcación con el formato dd/mm/aa.
• Trabajador: La hora de la marcación con el formato hh/mm/ss
• Trabajador: El número de la cédula nacional de identidad del trabajador con puntos, guión y digito verificador.
• Empleador: Rut con puntos y guión; o número de la cédula nacional de identidad con puntos, guión y digito verificador si el empleador fuera persona natural.
• Empleador: razón social de las personas jurídicas o nombre completo si fuera persona natural.
• Empleador: Domicilio, indicando calle, número, piso, oficina, comuna, ciudad y región.
• En caso de utilizar equipos portátiles o móviles dotados de sistemas de posicionamiento global -GPS-, u otros mecanismos que permitan identificar la ubicación física del trabajador, tales como teléfonos celulares, el comprobante deberá, además de los datos indicados previamente, señalar el lugar en que se realiza la marcación, con la mayor precisión posible.
• En caso de utilizar conexiones remotas a sistemas o plataformas de propiedad del empleador, y que estas les permitan almacenar fecha, hora y lugar desde donde se realizan tales conexiones, podrán ser utilizadas como registro de asistencia del trabajador que realiza la conexión. En este caso será obligatoria la definición de un identificador único para cada trabajador y que la contraseña o seña sea sólo conocida por él."
Ahora bien, analizada la documentación acompañada a su presentación, es posible indicar que los comprobantes propuestos cumplen con las exigencias señaladas.
Es todo cuanto puedo informar a usted sobre la materia consultada.
Saluda a Ud.,
JOSÉ FRANCISCO CASTRO CASTRO
ABOGADO
JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO
DIRECCIÓN DEL TRABAJO
LBP/RCG
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